Derechos de los pasajeros.Todo pasajero tiene asociados una serie de derechos que las leyes tratan de proteger. La legislación de la Unión Europea garantiza los derechos básicos de todos los pasajeros aéreos. Todas estas normas se aplican a los pasajeros que salen de aeropuertos situados en el territorio de un Estado miembro. Pero también a todos aquellos que llegan a dichos aeropuertos desde un tercer país cuando el vuelo es operado por una compañía de la UE.
¿Cuáles son los derechos de los pasajeros?
Entre otros los derechos de los pasajeros incluyen los siguientes.
– a la información
– al reembolso o modificación de trayecto si su vuelo se cancela o se le deniega el embarque
– al reembolso si su vuelo se retrasa durante cinco horas o más
– a la asistencia y, en determinadas circunstancias
– a la compensación en el caso de cancelacion, gran retraso o embarque denegado
– el derecho a reclamar y a tener acceso a compensaciones
– poder viajar en las mismas condiciones que otros ciudadanos si usted tiene una discapacidad o movilidad reducida
Por otro lado La legislación europea también estipula quién es responsable en caso de gran retraso, muerte, lesiones o equipaje extraviado, para asegurar que siempre obtendrás aquello a lo que tengas derecho.
La Comisión Europea ha desarrollado una aplicación para smartphones, con el fin de que los pasajeros usuarios de estos teléfonos puedan comprobar sus derechos de forma inmediata en relación a cada problema que se le pueda presentar en el aeropuerto.
Los derechos más alegados
Las principales situaciones que se suelen dar en las que se requiere la alegación de los derechos de los pasajeros son los retrasos. Son circunstancias en las que parece que los pasajeros están en inferioridad. Al respecto de los retrasos la normativa es bastante clara.
Es el retraso del vuelo en el aeropuerto de origen en relación a la hora inicialmente programada en su reserva. Los derechos que se pueden invocar en caso de retraso en salidas son:
–Derecho a información, en los mismos términos que los dos casos anteriores.
–Derecho a la asistencia, derecho que está condicionado a los siguientes límites temporales en función de la distancia del vuelo.
Distancia del vuelo | Derecho a asistencia si el retraso en la salida es mayor de |
Hasta 1.500 km | 2 horas |
Todo vuelo intra-comunitario de mas de 1.500 km y todo vuelo entre 1.500 km y 3.500 km | 3 horas |
Más de 3.500 km | 4 horas |
– Derecho al reembolso, cuando el retraso sea de cinco horas o más, y el pasajero decida no viajar, tendrá derecho al reembolso en siete días del coste íntegro del billete al precio al que se compró, correspondiente a la parte del viaje no efectuada y a la parte del viaje efectuada si el vuelo ya no tiene razón de ser. Cuando proceda, además, un vuelo de vuelta al primer punto de partida lo más rápidamente posible. El reembolso podrá efectuarse en metálico, por transferencia bancaria electrónica, transferencia bancaria, cheque o, previo acuerdo firmado por el pasajero, bonos de viaje u otros servicios.
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